Proyecto Acuerdo Secretarial Calendario Del Ciclo Escolar 2025 - 2026

MARIO MARTÍN DELGADO CARRILLO, Secretario de Educación Pública, con fundamento en los artículos 38 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 87, primer párrafo, 88, 89, primer párrafo y 113, fracciones III y XXII de la Ley General de Educación; 5, fracción XIX del Reglamento Interior de la Secretaría de Educación Pública, y
CONSIDERANDO
Que el artículo 3o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece que la educación inicial, preescolar, primaria y secundaria conforman la educación básica, misma que es obligatoria;
Que la Ley General de Educación (LGE) dispone que corresponde de manera exclusiva a la Secretaría de Educación Pública (SEP), establecer el Calendario Escolar aplicable a toda la República para cada ciclo lectivo de la educación preescolar, la primaria, la secundaria, la normal y demás para la formación de maestras y maestros de educación básica, necesarios para cubrir los planes y programas aplicables;
Que el Calendario Escolar determinado por la SEP para cada ciclo lectivo de educación: preescolar, primaria, secundaria, normal y demás para la formación de maestras y maestros de educación básica, deberá contener un mínimo de ciento ochenta y cinco días y un máximo de doscientos días efectivos de clase para los educandos y se publicará en el Diario Oficial de la Federación (DOF);
Que la SEP cuenta con las atribuciones exclusivas necesarias para garantizar el carácter nacional, entre otras, de la educación básica, la normal y demás para la formación de maestras y maestros de educación básica;
Que el calendario escolar para el ciclo lectivo 2025-2026 aplicable a la educación preescolar, primaria y secundaria, da cumplimiento y refuerza el compromiso de la Presidenta, Claudia Sheinbaum Pardo, con los agentes fundamentales del proceso educativo como lo son las maestras y los maestros, a quienes en reconocimiento a la ardua labor que desempeñan se les otorga una semana más de vacaciones prevista en el mes de agosto, y
Que en razón de lo anterior he tenido a bien expedir el siguiente:
ACUERDO NÚMERO POR EL QUE SE ESTABLECEN LOS CALENDARIOS ESCOLARES PARA EL CICLO LECTIVO 2025-2026, APLICABLES EN TODA LA REPÚBLICA PARA LA EDUCACIÓN PREESCOLAR, PRIMARIA, SECUNDARIA, NORMAL Y DEMÁS PARA LA FORMACIÓN DE MAESTRAS Y MAESTROS DE EDUCACIÓN BÁSICA
ARTÍCULO PRIMERO.- Se establece el calendario escolar de ciento ochenta y cinco días para el ciclo lectivo 2025-2026, aplicable en toda la República para las escuelas de educación preescolar, primaria y secundaria, públicas y particulares incorporadas al Sistema Educativo Nacional.
ARTÍCULO SEGUNDO.- Se establece el calendario escolar de ciento noventa y cinco días para el ciclo lectivo 2025-2026, aplicable en toda la República para las escuelas de educación normal y demás para la formación de maestras y maestros de educación básica, públicas y particulares incorporadas al Sistema Educativo Nacional.
ARTÍCULO TERCERO.- Para la aplicación de los calendarios escolares a que se refieren los artículos que anteceden, se deberá tener en cuenta que el inicio de cursos del ciclo lectivo 2025-2026, para la educación preescolar, primaria y secundaria, será el lunes 1 de septiembre de 2025, y para la educación normal y demás para la formación de maestras y maestros de educación básica será el 25 de agosto de 2025, concluyendo ambos el miércoles 15 de julio de 2026.
Hoja de firma del Acuerdo número
por el que se establecen los calendarios escolares para el ciclo lectivo 2025-2026, aplicables en toda la República para la educación preescolar, primaria, secundaria, normal y demás para la formación de maestras y maestros de educación básica. |
TRANSITORIOS
PRIMERO.- El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
SEGUNDO.- Se abroga el Acuerdo número 10/06/24 por el que se establecen los calendarios escolares para el ciclo lectivo 2024-2025, aplicables en toda la República para la educación preescolar, primaria, secundaria, normal y demás para la formación de maestras y maestros de educación básica, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 10 de junio de 2024, una vez que concluya la vigencia de dichos calendarios.
Ciudad de México,
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